SUMARIO
ACTOR: CLUB ATLETICO LOS ANDES
DEMANDADO: COMPLEJO LOMAS S.A. - SHOOTING LOMAS S.A. - AMICOLO JUAN
MATERIA: RESOLUCIÓN DE CONTRATO POR INCUMPLIMIENTO Y DESALOJO POR FALTA DE PAGO E INCUMPLIMIENTO.
MONTO: $ 211.682.-
DOCUMENTACIÓN ACOMPAÑADA: 1) CONTRATO MARCO DE GESTIÓN, COMERCIALIZACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE SEDE DEPORTIVA CERTIFICADO; 2) CONTRATO DE LOCACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE POLIGINO DE TIRO CERTIFICADO; 3) 6 CARTAS DOCUMENTOS DE FECHA 8/10/2008 Y SUS RESPECTIVOS AVISOS DE RETORNO; 4) 6 CARTAS DOCUMENTOS DE FECHA 5/11/2008 Y SUS RESPECTIVOS AVISOS DE RETORNO; 5) 2 CARTAS DOCUMENTOS DE FECHA 10/11/2008 (COMPLEJO LOMAS S.A. Y SHOOTING LOMAS S.A.); 6) 4 CARTAS DOCUMENTOS DE FECHA 26/5/2009 Y SUS RESPECTIVOS AVISOS DE RETORNO; 7) CERTIFICADO DE DOMINIO DE FECHA 26/9/2008; 8) COPIA SIMPLE ESCRITURA Nº 74 DE FECHA 10/7/2003; 9) ESCRITURA Nº 52- REQUERIMIENTO Y ACTA DE CONSTATACIÓN ; 10) 60 FOTOS; 11) COPIA PODER GENERAL JUDICIAL; 12) COMPROBANTE DE PAGO IUS PREVISIONAL, 13) BONO LEY 8480; 14) COPIAS PARA TRASLADO; 15) COPIAS PARA CERTIFICAR.
INICIO DEMANDA DE RESOLUCIÓN DE CONTRATO Y DESALOJO POR FALTA DE PAGO E INCUMPLIMIENTO.
Señor Juez:
Patricia Viviana JAMARDO, abogada, (T° XVI F° 15 del CALZ, Leg. Previsional N° 069839-5*03, CUIT e Ing. Brutos N° 27-12739264-7, IVA Responsable Inscripta), en mi carácter de apoderada de "CLUB ATLETICO LOS ANDES”, constituyendo domicilio en Bolivar 362 de Lomas de Zamora, en autos "CLUB ATLETICO LOS ANDES s/CONCURSO PREVENTIVO", a V.S. me presento y digo:
PERSONERIA
Que tal como lo acredito con la copia del Poder General Judicial que adjunto y cuya validez y vigencia declaro bajo juramento, soy letrada apoderada de la accionada CLUB ATLETICO LOS ANDES..-
I.- OBJETO
Que siguiendo expresas instrucciones de mi mandante, y atento la situación concursal en que se encuentra, vengo a iniciar formal demanda de resolución de contrato y desalojo por falta de pago e incumplimiento y cobro de pesos contra COMPLEJO LOMAS S.A. , SHOOTING LOMAS S.A. ambos con domicilio en AVENIDA HIPÓLITO YRIGOYEN 9549 DE LOMAS DE ZAMORA, PATDO. DEL MISMO NOMBRE, PCIA. DE BUENOS AIRES y JUAN AMICOLO con domicilio en AZARA 410 - 1ER. PISO DEPTO "D" DE LOMAS DE ZAMORA, por la suma de $ 211.682.- (pesos doscientos once mil seiscientos ochenta y dos) con más sus intereses y costas.-
II.- HECHOS
II. Que con fechas 9 de Marzo de 2002 y 10 de Junio de 2002 entre el CLUB ATLETICO LOS ANDES; SHOOTING LOMAS S.A. y COMPLEJO LOMAS S.A. representados en esos actos por el que fuera Presidente del Club y su Secretario Dres. Hugo Carlos Van Schilt y Diego José Grondona y el Sr. Juan Amicolo en su carácter de Presidente de ambas sociedades suscribieron un Contrato de Locación y Explotación de Polígono de Tiro y Marco de Gestión, Comercialización y Explotación de Sede Deportiva respectivamente.-
En el primero de ellos (Contrato de Locación y Explotación de Polígono de Tiro) se han inclumplido sus cláusulas por parte de la demandada. A la fecha adeudan a la entidad que represento la suma de $ 76.172 correspondiente al cánon básico de la cláusula sexta del mismo, como así también las cláusulas octava, novena, décima, décima segunda, décima tercera, conforme surge de la documentación que se acompaña referido al mismo.
A saber: la obligada jamás abonó cánon alguno, pese a las intimaciones recibidas. Incumplió su Presidente, Sr. Amicolo también en su carácter de fiador liso, llano y principal pagador, con expresa renuncia al beneficio de excusión y división de las obligaciones emergentes del presente contrato, comprometiendo un inmueble que dice ser de su propiedad y no lo es -ello conforme surge del certificado de dominio que se acompaña-.
Pese a que se lo intimó a constituir una nueva garantía en reemplazo de la falsamente otorgada, el Sr. Amicolo jamás respondió ni acercó a mi mandante una nueva, por lo que siguiendo el espíritu del contrato suscripto en su cláusula DECIMA TERCERA dicho contrato deberá quedar rescindido de pleno derecho y así lo solicito.
Queda claro que pese a las intimaciones formuladas por ésta parte conforme CD Nros.917809661 y 917809644 ambas de fecha 08/10/2008, el silencio de Shooting Lomas SA y del Sr. Amicolo, no hace más que reconocer dichos incumplimientos.
Pero lo más importante para ésta parte, es que habiéndose presentado en Concurso Preventivo la entidad que represento a raiz de las malas administraciones, como el caso de los firmantes de dichos instrumentos, que al hacerlo jamás pensaron en el beneficio del CLUB ATLETICO LOS ANDES. De haberse hecho, mi mandante jamás estaría pasando por ésta situación, no sólo la concursal, sino la de haber perdido SU SEDE.
Es dable poner de resalto que el CLUB jamás recibió dinero por ningún concepto y que La demandada ha explotado y continúa haciéndolo sin ningún tipo de reparos, a sabiendas de la deuda y de sus incumplimientos la SEDE como propia.
Cabe destacar que el demandado olvida primero lo que firmó, segundo a lo que se obligó y tercero -que es lo más sugestivo- niega el contrato en sí mismo, ya que con su conducta su accionar no resiste un mayor análisis.
Dejamos aclarado que se intentaron todas las gestiones para que cumpla con todas sus obligaciones conforme fuera pactado en el contrato en cuestión a modo de evitar una instancia judicial, pero el aquí demandado sigue ocupando y negando la restitución del bien a pesar de todos los incumplimientos a sabiendas acaecidos y manifestando que los requerimientos de mi mandante son inexactos, antojadizos, etc., por lo que no reviste el mayor análisis, ya que en ninguna misiva pone a disposición, ni el predio, ni documentación original, ni las sumas que adeuda conforme el cánon al que se obligó.-
Es así, que no queda otra alternativa que recurrir a V.S., para que oportunamente ordene el desalojo de SHOOTING LOMAS S.A., restituyendo la posesión al CLUB ATLETICO LOS ANDES, con expresa imposición de costas.-
II: B.- Ahora pasaré a desarrollar los hechos con respecto al CONTRATO MARCO DE GESTION, COMERCIALIZACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE SEDE DEPORTIVA suscripto en fecha 10/06/2002.
A saber: se han inclumplido sus cláusulas por parte de la demandada. A la fecha adeudan a la entidad que represento la suma de $ 135.510 correspondiente al cánon básico de la cláusula sexta del mismo. A la fecha las Obras se encuentran sin finalizar, conforme ESCRITURA Nº 52 - REQUERMIENTO Y ACTA DE CONSTATACIÓN", por lo que conforme el contrato marco, también se encuentra a la fecha incumplido.
A saber: la obligada jamás abonó cánon alguno, pese a las intimaciones recibidas. Incumplió su Presidente, Sr. Amicolo también en su carácter de fiador liso, llano y principal pagador, con expresa renuncia al beneficio de excusión y división de las obligaciones emergentes del presente contrato, comprometiendo un inmueble que dice ser de su propiedad y no lo es -ello conforme surge del certificado de dominio que se acompaña-.
Pese a que se lo intimó a constituir una nueva garantía en reemplazo de la falsamente otorgada, el Sr. Amicolo jamás respondió ni acercó a mi mandante una nueva.
Queda claro que pese a las intimaciones formuladas por ésta parte conforme CD Nros.917809675 y 917809644 ambas de fecha 08/10/2008, el silencio de Complejo Lomas SA y del Sr. Amicolo, no hace más que reconocer dichos incumplimientos.
Pero lo más importante para ésta parte, es que habiéndose presentado en Concurso Preventivo la entidad que represento a raiz de las malas administraciones, como el caso de los firmantes de dichos instrumentos, que al hacerlo jamás pensaron en el beneficio del CLUB ATLETICO LOS ANDES. De haberse hecho, mi mandante jamás estaría pasando por ésta situación, no sólo la concursal, sino la de haber perdido SU SEDE.
Es dable poner de resalto que el CLUB jamás recibió dinero por ningún concepto y que La demandada ha explotado y continúa haciéndolo sin ningún tipo de reparos, a sabiendas de la deuda y de sus incumplimientos la SEDE como propia.
Asimismo nunca acreditó a ésta parte el pago de tasas, impuestos, servicios y/u otro, habilitaciones, contrato de seguros desde el inicio del presente contrato, pese a reiterados reclamos efectuados por ésta parte conforme surge de todas las cartas documentos que se acompañan.
En ningún momento acredito ningún tipo de gestión, salvo cuando comenzó a ser intimado, y es ahí donde comienza a realizar gestiones para cubrir sus incumplimientos. Que en cuanto ésta parte pueda producir la prueba que se ofrece, V.S. podrá evaluar los mismos en atención a las fechas.-
Ante lo expuesto precedentemente es notorio el desajuste entre la conducta debida y el comportamiento del obligado y la mora acaecida por el incumplidor.
Es así, que no queda otra alternativa que recurrir a V.S., para que oportunamente ordene el desalojo de COMPLEJO LOMAS S.A., restituyendo la posesión al CLUB ATLETICO LOS ANDES, con expresa imposición de costas y el íntegro pago de lo adeudado.
III.- DESALOJO Y ENTREGA INMEDIATA DEL INMUEBLE
En atención a los contratos acompañados y conforme surge de las cláusulas insertas, acta de constatación notarial realizada y lo expuesto a lo largo del presente, CLAUSULA DECIMA TERCERA (Contrato Locación y Explotación Polígono de Tiro) y conforme lo normado por el art. 676 y 676 bis del C.P.C.C. solicito a V.S. la entrega inmediata del inmueble en atención a la verosimilitud del derecho invocado con toda la documentación acompañada, previa caución real, a efectos de evitarse graves perjuicios para mi mandante.-
"La pretensión regulada en el precepto tiene las características de una medida cautelar, toda vez que para su procedencia se exige la verosimilitud del derecho y la eventualidad de un perjuicio para el peticionario."
En el caso que nos ocupa la verosimilitud del derecho se encuentra más que acreditada -entre otra documentación aportada, EL CERTIFICADO DE DOMINIO DE LA PROPIEDAD DADA EN GARANTÍA- Y EL ACTA DE CONSTATACIÓN.-
IV.- PRUEBA
1) CONFESIONAL: Se cite a absolver posiciones al Presidente de las Empresas Shooting Lomas SA y Complejo Lomas SA, Sr. Juan Amicolo, conforme el pliego que oportunamente se acompañará.-
2) DOCUMENTAL:* 1) Poder General Judicial
* 2) CONTRATO MARCO DE GESTIÓN, COMERCIALIZACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE SEDE DEPORTIVA ORIGINAL.-
*3) CONTRATO DE LOCACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE POLIGONO DE TIRO ORIGINAL
*4) ESCRITURA Nº 52 REQUERIMIENTO Y ACTA DE CONSTATACIÓN.
*5) cd nº 917809701 y su aviso de retorno de fecha 9/10/09.-
*6) cd nº 917809689 informe correo y devolución y aviso de retorno de fecha 9/10/09.-
*7) cd nº 917809675 y su aviso de retorno de fecha 9/10/09.-
*8) cd nº 917809661 y su aviso de retorno de fecha 9/10/09.-
*9) cd nº 917809658, informe correo y devolución y aviso de retorno de fecha 9/10/09.-
*10) cd nº 917809644 y su aviso de retorno de fecha 9/10/09.-
*11) cd nº 98546625 4 y su aviso de retorno de fecha 7/11/09.-
*12) cd nº 98546626 8 y su aviso de retorno de fecha 7/11/09.-
*13) cd nº 98546627 1 y su aviso de retorno de fecha 7/11/09.-
*14) cd nº 98546629 9 y su aviso de retorno de fecha 7/11/09.-
*15) cd nº 98546630 8, informe correo y devolución y copia de la misma sellada.-
*16) cd nº 98546630 8, informe correo y devolución y copia de la misma sellada.-
*17) cd nº 97815048 9 de fecha 10/11/09.-
*18) cd nº 97815046 1 de fecha 10/11/09.-
*19) cd nº 01775110 5 de fecha 26/5/09.-
*20) cd nº 01775105 7 de fecha 26/5/09.-
*21) cd nº 01775106 5 de fecha 26/5/09.-
*22) cd nº 01775107 4 de fecha 26/5/09.-
*23) 4 consultas de seguimiento de cartas documentos por ante el Correo Argentino.
*24) Certificado de Dominio 01 1504929/9 26/09/2008 en 3 fojas.-
*25) Escritura Nº 74. ACTA DE CONSTATACIÓN A PEDIDO DE CRISTIAN JAVIER FIUMARA.-
*26) cd nº 01773592 0
*27) cd nº 01773991 6
3) TESTIMONIAL: Se cite a declarar a los siguientes testigos:
a) GERARDO LISANTI, DNI Nº 8.629.264, Saavedra 295 de Lomas de Zamora.
b) RUBEN EMILIO DEARRIBA, DNI Nº 13.685.524, Garona 951 Dto. 2 Lomas de Zamora.
c) JORGE CHIZZINI, DNI Nº 13.305.207. Achaval 633 - Ciudad de Buenos Aires.
d) WALTER HUGO MORAN, DNI Nº 13.342.514, Lamadrid 1380 Lomas de Zamora.
4) INFORMATIVA: Se ordenen los siguientes oficios:
a) INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA: a efectos que informe fecha de constitución e inscripción ante dicho organismo de SHOOTING LOMAS S.A. y COMPLEJO LOMAS S.A. . Adjuntar ambos estatutos constitutivos e informar cualquier modificación que se haya efectuado en los mismos. Detalle de Directorio de ambas sociedades y balances presentados.-
b) MUNICIPALIDAD DE LOMAS DE ZAMORA a efectos que acompañe fotocopia certificada de habilitación municipal del predio sito en Avenida Hipolito Yrigoyen 9549 de Lomas de Zamora, Sede del Club Atlético Los Andes con respecto a Shooting Lomas SA y Complejo Lomas SA. Asimismo deberá informar si ambas empresas cumplen con la normativa municipal vigente. Adjuntar constancia de pago de las tasas municipales, Libros de Actas para ambas empresas con fecha de apertura.
y cualquier otra información que obre en poder de la oficiada.-
c) ARBA a efectos de que informe fecha de inscripción de las sociedades Shooting Lomas SA y Complejo Lomas SA. Asimismo deberá indicar bajo que rubro han sido inscriptas las mismas y si al momento del informe registra deuda. Asimismo la oficiada deberá informar inscripción del Sr. JUAN AMICOLO, DNI Nº 18.741.384, CUIT Nº 20.18741384-3 categoría, y todo dato relacionado con las declaraciones juradas con relación a sus ingresos desde el año2002 a la fecha del informe.-
d) AFIP a efectos de que informe fecha de inscripción de las sociedades Shooting Lomas SA y Complejo Lomas SA. Asimismo deberá indicar bajo que rubro han sido inscriptas las mismas y si al momento del informe registra deuda. Deberá informar la oficiada si se dió de alta en los impuestos, nómina del personal denunciado en los últimos 24 meses a efectos de que informe fecha de inscripción de las sociedades Shooting Lomas SA y Complejo Lomas SA. Asimismo deberá indicar bajo que rubro han sido inscriptas las mismas y si al momento del informe registra algún tipo de deuda. Condición ante el IVA o cualquier otra, detalle de declaraciones juradas de los últimos 2 años. Pago de cargas sociales, y cualquier otro dato relacionado con las sociedades denunciadas. Asimismo la oficiada deberá informar inscripción del Sr. JUAN AMICOLO, DNI Nº 18.741.384, CUIT Nº 20.18741384-3 , categoría, y todo dato relacionado con las declaraciones juradas con
relación a sus ingresos desde el año2002 a la fecha del informe.-
e) ANSES a efectos de que informe la nómina del personal a cargo de las empresas Shooting Lomas SA y Complejo Lomas SA como así también si del personal que tiene denunciado y/o a su cargo se encuentra al día con el pago de los descuentos previsionales reglamentarios por ley.-
f) METROGAS a efectos de que informe fecha de cambio de titularidad en favor de las Empresas Shooting Lomas SA y/o Complejo Lomas SA.-
g) EDESUR a efectos de que informe fecha de cambio de titularidad en favor de las Empresas Shooting Lomas SA y/o Complejo Lomas SA.-
h) AGUAS ARGENTINAS a efectos de que informe fecha de cambio de titularidad en favor de las Empresas Shooting Lomas SA y/o Complejo Lomas SA.-
i) CORREO ARGENTINO a efectos de que informe sobre la autenticidad de las cartas documentos que en copia se acompañan.
J) ESCRIBANÍA CARLOS MARIA ROMANATTI, Notario Titular del Registro 41 del Partido de Lomas de Zamora, a efectos de que informe si el instrumento que se acompaña es original y concuerda en toda su foliatura.
5) PERICIAL CONTABLE: Se designe perito contador único de oficio a fin de que informe:
CUESTIONARIO PARA LAS EMPRESAS SHOOTING LOMAS S.A. Y COMPLEJO LOMAS S.A.
Constituyéndose en el domicilio de la demandada examine los libros de la misma e informe:
a) si lleva libros, planillas y registros que determinan las leyes obreras y de comercio con arreglo a derecho y en caso afirmativo, identificarlo e indicar fecha y autoridad de rúbrica.-
b) Si la empresas se hayan afiliadas en tales condiciones. Nómina del personal a su cargo y si la misma cumple debidamente con las registraciones y afiliaciones a la Caja de Previsión Social, de Asignaciones Familiares, Obra Social y Entes específicos de la actividad de los trabajadores exigidos por ley o estatuto indicando en caso afirmativo los respectivos números de inscripción y fechas de ellos.-
c) Si existen constancia que haya efectuado los aportes correspondientes a la Obra Social de cada uno de los trabajadores a su cargo.-
d) Detalle de los libros de la sociedad, fecha de último movimiento registrado, número y fecha de rúbrica.
e) De los libros rubricados determine conceptos que generan ingresos de los 2 (dos) últimos años con detalle de los mismos.
f) De los libros rubricados detalle de los registros de cada inversión realizada en la sede con fecha del asiento contable y detalle de los mismos.
g) Detalle de los cánones abonados al Club Atlético Los Andes y número de recibos y facturas.-
h) Denuncie Cuentas Bancarias de cada Sociedad.
i) El experto deberá detallar todos los pagos superiores a un mil pesos ($ 1.000) realizados y operatoria bancaria utilizada. En caso que no hubiera ocurrido detallar monto beneficario, número factura, fecha y acompañar fotocopia de la misma.
j) El perito deberá informar como se factura, por ejemplo máquina tickeadora, factura A,B o C, o responsable Monotributo. y en cada caso detallar el último número emitido y fotocopia de las mismas.
k) Deberá informar el experto fecha en la cual los trabajos comprometidos debieron ser finalizados teniendo a la vista los contratos.-
l) Teniendo a la vista los estatutos sociales de las sociedades consigne el objeto social que tuvo por fin la constitución del mismo y la fecha de constitución e inscripción en la Inspección General de Justicia y/o Dirección Provincial de Personas Jurídicas. Con dicha documentación el experto deberá informar si a la fecha de la firma de los contratos, las sociedades estaban legalmente constituídas .-
ll) Detalle el Sr. Perito la totalidad de los libros y comprobantes que tuvo a la vista desechando la información que provenga de libros no rubricados, de documentación intercambiada no reconocida por ambas partes e informaciones verbales.
m) Si las empresas demandadas llevan libros contables y laborales, en su caso si los llevan en legal forma describiendo fecha y autoridad de aplicación en la rúbrica de cada uno de ellos.-
n) Nómina completa de empleados registrados en el libro de sueldos y jornales, de acuerdo a las prescripciones de la LCT detallando los documentos laborales que avalan cada asiento, contenido, formalidades y corrrelación de los mismos.-
ñ) Acompañe comprobantes de constancias de pago de cualquier tipo realizadas en los últimos 24 meses y hasta la realización de la pericia. Descripción de toda la documentación compulsada para encontrar estos datos, de existir los mismos.-
o) Faltantes de documentación dentro de la contabilidad que denoten asientos fuera de las prescripciones técnico legales.-
p) Si las empresas demandadas cumplen con las prescripciones de la LCT en cuanto a su obligación de ingresar regularmente los fondos correspondientes a la seguridad social, obra social y sindical, como obligada directa o como agente de retención. En su caso detalle a que período y a que personas se corresponde cada retención, identificándola por la fecha del depósito o del acto que le dió origen, en el caso en que no hubiera sido depositada.-
l) Practicar liquidación de acuerdo a las constancias que surjan de la documentación compulsada en la contabilidad del demandado.- Expresamente se solicita al perito que prescinda en toda su labor de consignar elementos, informes verbales o documentación confusa o litigiosa que no pueda ser basamento fiscal o legal de ninguna especie.-
ll) Acompañe fotocopias de los libros de asamblea donde se designaron autoridades desde el año2002 a la fecha, indicando si cada uno, dá los recaudos para el llamado a esas asambleas, y si fue cumplido.-
m) Indique si en los libros de asambleas constan las aprobaciones de balances de estos períodos (2002 A 2009 ) y quienes son las personas presentes en cada aprobación.-
n) Indique quién es la persona designada como Síndico en cada período y forma de la elección del mismo y participación del mismo en los actos pertinentes.-
ñ) Indique nómina completa de los directorios de cada período entre los años2002 A 2009 con descripción de todos los datos de sus integrantes, en especial Nro. de Cuit y domicilio real .-
o) El experto deberá indicar para el caso que en los balances
figuren préstamos (deudas financieras o con socios). Detallar con nombre, apellido, cuit y comprobante, quien o quienes son los dadores del préstamo y/o procedencia de los mismos.-
p) Pago de cargas sociales, Contrato ART, Pólizas de Seguros.-
q) Si las empresas efectuaron sublocaciones, el experto deberá acompañar copia de los contratos debidamente sellados y/o certificados por escribano. Importe de los mismos y detalle de lo que fue dado en locación y explotación. Si los sublocados tienen personal a cargo y detalle de los mismos y toda documentación respaldatoria. Informe si cada subcontrato se encuentra debidamente habilitado y con las inscripciones ante AFIP y otros organismos de control.-
r) Fecha de sellado e importe y/o certificación de firmas de los contratos denominados "Contrato Marco de Gestión, Comercialización y Explotación de Sede Deportiva" y "Contrato de Locación y Explotación de Polígono de Tiro".-
s) El experto deberá adjuntar con su dictamen los 3 últimos balances de ambas sociedades firmados y certificados por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.-
r) Cualquier otro dato de interés que el experto designado considere.-
6) PERICIAL CALIGRAFICA: Para el supuesto caso que el Sr. Amicolo desconozca las firmas insertas en los contratos acompañados, solicito se designe perito calígrafo único de oficio a efectos de que proceda a realizar cuerpo de escritura debiendo informar si las firmas insertas le pertenecen.-
V.- DERECHO
Fundo el derecho de mi parte en el art. 1204 del Código Civil y concordantes, doctrina, legislación, jurisprudencia y doctrina aplicable al sublite, Código Comercio, art. 676 y 676 bis y concordantes del CPCC.-
VI.- AUTORIZACIONES
Se encuentran autorizados para la compulsa del expediente los Dres. Carlos Vicente Fiorenza y/o Griselda Cecilia Toscano y/o Ana María Maidana y/o Mariela Gomez y/o quienes éstos designen.-
VII.- RESERVA CASO FEDEREAL
A todo evento, y siendo esta la etapa procesal oportuna, formulo introducción en autos del caso Federal en los términos del art. 14 de la ley 48 del cual hago expresa reserva.-
VIII.- PETITORIO
De V.S. solicito:
1) Se tenga por presentada, por parte, por constituído el domicilio legal y por acreditada la personería invocada.-
2) Se corra traslado de la presente.-
3) Se proceda al desalojo de la demandada conforme las pautas expuestas.-
4) Se tenga por ofrecida la prueba.-
5) Se tengan presentes las autorizaciones conferidas.-
6) Se tenga por opuesta la reserva del caso federal.-
7) Oportunamente se dicte sentencia resolviendo los contratos conforme lo pedido y por el capital reclamado con más los intereses, costos y costas y desvalorización monetaria.-
Proveer de conformidad,
SERA JUSTICIA.-
ACTOR: CLUB ATLETICO LOS ANDES
DEMANDADO: COMPLEJO LOMAS S.A. - SHOOTING LOMAS S.A. - AMICOLO JUAN
MATERIA: RESOLUCIÓN DE CONTRATO POR INCUMPLIMIENTO Y DESALOJO POR FALTA DE PAGO E INCUMPLIMIENTO.
MONTO: $ 211.682.-
DOCUMENTACIÓN ACOMPAÑADA: 1) CONTRATO MARCO DE GESTIÓN, COMERCIALIZACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE SEDE DEPORTIVA CERTIFICADO; 2) CONTRATO DE LOCACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE POLIGINO DE TIRO CERTIFICADO; 3) 6 CARTAS DOCUMENTOS DE FECHA 8/10/2008 Y SUS RESPECTIVOS AVISOS DE RETORNO; 4) 6 CARTAS DOCUMENTOS DE FECHA 5/11/2008 Y SUS RESPECTIVOS AVISOS DE RETORNO; 5) 2 CARTAS DOCUMENTOS DE FECHA 10/11/2008 (COMPLEJO LOMAS S.A. Y SHOOTING LOMAS S.A.); 6) 4 CARTAS DOCUMENTOS DE FECHA 26/5/2009 Y SUS RESPECTIVOS AVISOS DE RETORNO; 7) CERTIFICADO DE DOMINIO DE FECHA 26/9/2008; 8) COPIA SIMPLE ESCRITURA Nº 74 DE FECHA 10/7/2003; 9) ESCRITURA Nº 52- REQUERIMIENTO Y ACTA DE CONSTATACIÓN ; 10) 60 FOTOS; 11) COPIA PODER GENERAL JUDICIAL; 12) COMPROBANTE DE PAGO IUS PREVISIONAL, 13) BONO LEY 8480; 14) COPIAS PARA TRASLADO; 15) COPIAS PARA CERTIFICAR.
INICIO DEMANDA DE RESOLUCIÓN DE CONTRATO Y DESALOJO POR FALTA DE PAGO E INCUMPLIMIENTO.
Señor Juez:
Patricia Viviana JAMARDO, abogada, (T° XVI F° 15 del CALZ, Leg. Previsional N° 069839-5*03, CUIT e Ing. Brutos N° 27-12739264-7, IVA Responsable Inscripta), en mi carácter de apoderada de "CLUB ATLETICO LOS ANDES”, constituyendo domicilio en Bolivar 362 de Lomas de Zamora, en autos "CLUB ATLETICO LOS ANDES s/CONCURSO PREVENTIVO", a V.S. me presento y digo:
PERSONERIA
Que tal como lo acredito con la copia del Poder General Judicial que adjunto y cuya validez y vigencia declaro bajo juramento, soy letrada apoderada de la accionada CLUB ATLETICO LOS ANDES..-
I.- OBJETO
Que siguiendo expresas instrucciones de mi mandante, y atento la situación concursal en que se encuentra, vengo a iniciar formal demanda de resolución de contrato y desalojo por falta de pago e incumplimiento y cobro de pesos contra COMPLEJO LOMAS S.A. , SHOOTING LOMAS S.A. ambos con domicilio en AVENIDA HIPÓLITO YRIGOYEN 9549 DE LOMAS DE ZAMORA, PATDO. DEL MISMO NOMBRE, PCIA. DE BUENOS AIRES y JUAN AMICOLO con domicilio en AZARA 410 - 1ER. PISO DEPTO "D" DE LOMAS DE ZAMORA, por la suma de $ 211.682.- (pesos doscientos once mil seiscientos ochenta y dos) con más sus intereses y costas.-
II.- HECHOS
II. Que con fechas 9 de Marzo de 2002 y 10 de Junio de 2002 entre el CLUB ATLETICO LOS ANDES; SHOOTING LOMAS S.A. y COMPLEJO LOMAS S.A. representados en esos actos por el que fuera Presidente del Club y su Secretario Dres. Hugo Carlos Van Schilt y Diego José Grondona y el Sr. Juan Amicolo en su carácter de Presidente de ambas sociedades suscribieron un Contrato de Locación y Explotación de Polígono de Tiro y Marco de Gestión, Comercialización y Explotación de Sede Deportiva respectivamente.-
En el primero de ellos (Contrato de Locación y Explotación de Polígono de Tiro) se han inclumplido sus cláusulas por parte de la demandada. A la fecha adeudan a la entidad que represento la suma de $ 76.172 correspondiente al cánon básico de la cláusula sexta del mismo, como así también las cláusulas octava, novena, décima, décima segunda, décima tercera, conforme surge de la documentación que se acompaña referido al mismo.
A saber: la obligada jamás abonó cánon alguno, pese a las intimaciones recibidas. Incumplió su Presidente, Sr. Amicolo también en su carácter de fiador liso, llano y principal pagador, con expresa renuncia al beneficio de excusión y división de las obligaciones emergentes del presente contrato, comprometiendo un inmueble que dice ser de su propiedad y no lo es -ello conforme surge del certificado de dominio que se acompaña-.
Pese a que se lo intimó a constituir una nueva garantía en reemplazo de la falsamente otorgada, el Sr. Amicolo jamás respondió ni acercó a mi mandante una nueva, por lo que siguiendo el espíritu del contrato suscripto en su cláusula DECIMA TERCERA dicho contrato deberá quedar rescindido de pleno derecho y así lo solicito.
Queda claro que pese a las intimaciones formuladas por ésta parte conforme CD Nros.917809661 y 917809644 ambas de fecha 08/10/2008, el silencio de Shooting Lomas SA y del Sr. Amicolo, no hace más que reconocer dichos incumplimientos.
Pero lo más importante para ésta parte, es que habiéndose presentado en Concurso Preventivo la entidad que represento a raiz de las malas administraciones, como el caso de los firmantes de dichos instrumentos, que al hacerlo jamás pensaron en el beneficio del CLUB ATLETICO LOS ANDES. De haberse hecho, mi mandante jamás estaría pasando por ésta situación, no sólo la concursal, sino la de haber perdido SU SEDE.
Es dable poner de resalto que el CLUB jamás recibió dinero por ningún concepto y que La demandada ha explotado y continúa haciéndolo sin ningún tipo de reparos, a sabiendas de la deuda y de sus incumplimientos la SEDE como propia.
Cabe destacar que el demandado olvida primero lo que firmó, segundo a lo que se obligó y tercero -que es lo más sugestivo- niega el contrato en sí mismo, ya que con su conducta su accionar no resiste un mayor análisis.
Dejamos aclarado que se intentaron todas las gestiones para que cumpla con todas sus obligaciones conforme fuera pactado en el contrato en cuestión a modo de evitar una instancia judicial, pero el aquí demandado sigue ocupando y negando la restitución del bien a pesar de todos los incumplimientos a sabiendas acaecidos y manifestando que los requerimientos de mi mandante son inexactos, antojadizos, etc., por lo que no reviste el mayor análisis, ya que en ninguna misiva pone a disposición, ni el predio, ni documentación original, ni las sumas que adeuda conforme el cánon al que se obligó.-
Es así, que no queda otra alternativa que recurrir a V.S., para que oportunamente ordene el desalojo de SHOOTING LOMAS S.A., restituyendo la posesión al CLUB ATLETICO LOS ANDES, con expresa imposición de costas.-
II: B.- Ahora pasaré a desarrollar los hechos con respecto al CONTRATO MARCO DE GESTION, COMERCIALIZACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE SEDE DEPORTIVA suscripto en fecha 10/06/2002.
A saber: se han inclumplido sus cláusulas por parte de la demandada. A la fecha adeudan a la entidad que represento la suma de $ 135.510 correspondiente al cánon básico de la cláusula sexta del mismo. A la fecha las Obras se encuentran sin finalizar, conforme ESCRITURA Nº 52 - REQUERMIENTO Y ACTA DE CONSTATACIÓN", por lo que conforme el contrato marco, también se encuentra a la fecha incumplido.
A saber: la obligada jamás abonó cánon alguno, pese a las intimaciones recibidas. Incumplió su Presidente, Sr. Amicolo también en su carácter de fiador liso, llano y principal pagador, con expresa renuncia al beneficio de excusión y división de las obligaciones emergentes del presente contrato, comprometiendo un inmueble que dice ser de su propiedad y no lo es -ello conforme surge del certificado de dominio que se acompaña-.
Pese a que se lo intimó a constituir una nueva garantía en reemplazo de la falsamente otorgada, el Sr. Amicolo jamás respondió ni acercó a mi mandante una nueva.
Queda claro que pese a las intimaciones formuladas por ésta parte conforme CD Nros.917809675 y 917809644 ambas de fecha 08/10/2008, el silencio de Complejo Lomas SA y del Sr. Amicolo, no hace más que reconocer dichos incumplimientos.
Pero lo más importante para ésta parte, es que habiéndose presentado en Concurso Preventivo la entidad que represento a raiz de las malas administraciones, como el caso de los firmantes de dichos instrumentos, que al hacerlo jamás pensaron en el beneficio del CLUB ATLETICO LOS ANDES. De haberse hecho, mi mandante jamás estaría pasando por ésta situación, no sólo la concursal, sino la de haber perdido SU SEDE.
Es dable poner de resalto que el CLUB jamás recibió dinero por ningún concepto y que La demandada ha explotado y continúa haciéndolo sin ningún tipo de reparos, a sabiendas de la deuda y de sus incumplimientos la SEDE como propia.
Asimismo nunca acreditó a ésta parte el pago de tasas, impuestos, servicios y/u otro, habilitaciones, contrato de seguros desde el inicio del presente contrato, pese a reiterados reclamos efectuados por ésta parte conforme surge de todas las cartas documentos que se acompañan.
En ningún momento acredito ningún tipo de gestión, salvo cuando comenzó a ser intimado, y es ahí donde comienza a realizar gestiones para cubrir sus incumplimientos. Que en cuanto ésta parte pueda producir la prueba que se ofrece, V.S. podrá evaluar los mismos en atención a las fechas.-
Ante lo expuesto precedentemente es notorio el desajuste entre la conducta debida y el comportamiento del obligado y la mora acaecida por el incumplidor.
Es así, que no queda otra alternativa que recurrir a V.S., para que oportunamente ordene el desalojo de COMPLEJO LOMAS S.A., restituyendo la posesión al CLUB ATLETICO LOS ANDES, con expresa imposición de costas y el íntegro pago de lo adeudado.
III.- DESALOJO Y ENTREGA INMEDIATA DEL INMUEBLE
En atención a los contratos acompañados y conforme surge de las cláusulas insertas, acta de constatación notarial realizada y lo expuesto a lo largo del presente, CLAUSULA DECIMA TERCERA (Contrato Locación y Explotación Polígono de Tiro) y conforme lo normado por el art. 676 y 676 bis del C.P.C.C. solicito a V.S. la entrega inmediata del inmueble en atención a la verosimilitud del derecho invocado con toda la documentación acompañada, previa caución real, a efectos de evitarse graves perjuicios para mi mandante.-
"La pretensión regulada en el precepto tiene las características de una medida cautelar, toda vez que para su procedencia se exige la verosimilitud del derecho y la eventualidad de un perjuicio para el peticionario."
En el caso que nos ocupa la verosimilitud del derecho se encuentra más que acreditada -entre otra documentación aportada, EL CERTIFICADO DE DOMINIO DE LA PROPIEDAD DADA EN GARANTÍA- Y EL ACTA DE CONSTATACIÓN.-
IV.- PRUEBA
1) CONFESIONAL: Se cite a absolver posiciones al Presidente de las Empresas Shooting Lomas SA y Complejo Lomas SA, Sr. Juan Amicolo, conforme el pliego que oportunamente se acompañará.-
2) DOCUMENTAL:* 1) Poder General Judicial
* 2) CONTRATO MARCO DE GESTIÓN, COMERCIALIZACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE SEDE DEPORTIVA ORIGINAL.-
*3) CONTRATO DE LOCACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE POLIGONO DE TIRO ORIGINAL
*4) ESCRITURA Nº 52 REQUERIMIENTO Y ACTA DE CONSTATACIÓN.
*5) cd nº 917809701 y su aviso de retorno de fecha 9/10/09.-
*6) cd nº 917809689 informe correo y devolución y aviso de retorno de fecha 9/10/09.-
*7) cd nº 917809675 y su aviso de retorno de fecha 9/10/09.-
*8) cd nº 917809661 y su aviso de retorno de fecha 9/10/09.-
*9) cd nº 917809658, informe correo y devolución y aviso de retorno de fecha 9/10/09.-
*10) cd nº 917809644 y su aviso de retorno de fecha 9/10/09.-
*11) cd nº 98546625 4 y su aviso de retorno de fecha 7/11/09.-
*12) cd nº 98546626 8 y su aviso de retorno de fecha 7/11/09.-
*13) cd nº 98546627 1 y su aviso de retorno de fecha 7/11/09.-
*14) cd nº 98546629 9 y su aviso de retorno de fecha 7/11/09.-
*15) cd nº 98546630 8, informe correo y devolución y copia de la misma sellada.-
*16) cd nº 98546630 8, informe correo y devolución y copia de la misma sellada.-
*17) cd nº 97815048 9 de fecha 10/11/09.-
*18) cd nº 97815046 1 de fecha 10/11/09.-
*19) cd nº 01775110 5 de fecha 26/5/09.-
*20) cd nº 01775105 7 de fecha 26/5/09.-
*21) cd nº 01775106 5 de fecha 26/5/09.-
*22) cd nº 01775107 4 de fecha 26/5/09.-
*23) 4 consultas de seguimiento de cartas documentos por ante el Correo Argentino.
*24) Certificado de Dominio 01 1504929/9 26/09/2008 en 3 fojas.-
*25) Escritura Nº 74. ACTA DE CONSTATACIÓN A PEDIDO DE CRISTIAN JAVIER FIUMARA.-
*26) cd nº 01773592 0
*27) cd nº 01773991 6
3) TESTIMONIAL: Se cite a declarar a los siguientes testigos:
a) GERARDO LISANTI, DNI Nº 8.629.264, Saavedra 295 de Lomas de Zamora.
b) RUBEN EMILIO DEARRIBA, DNI Nº 13.685.524, Garona 951 Dto. 2 Lomas de Zamora.
c) JORGE CHIZZINI, DNI Nº 13.305.207. Achaval 633 - Ciudad de Buenos Aires.
d) WALTER HUGO MORAN, DNI Nº 13.342.514, Lamadrid 1380 Lomas de Zamora.
4) INFORMATIVA: Se ordenen los siguientes oficios:
a) INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA: a efectos que informe fecha de constitución e inscripción ante dicho organismo de SHOOTING LOMAS S.A. y COMPLEJO LOMAS S.A. . Adjuntar ambos estatutos constitutivos e informar cualquier modificación que se haya efectuado en los mismos. Detalle de Directorio de ambas sociedades y balances presentados.-
b) MUNICIPALIDAD DE LOMAS DE ZAMORA a efectos que acompañe fotocopia certificada de habilitación municipal del predio sito en Avenida Hipolito Yrigoyen 9549 de Lomas de Zamora, Sede del Club Atlético Los Andes con respecto a Shooting Lomas SA y Complejo Lomas SA. Asimismo deberá informar si ambas empresas cumplen con la normativa municipal vigente. Adjuntar constancia de pago de las tasas municipales, Libros de Actas para ambas empresas con fecha de apertura.
y cualquier otra información que obre en poder de la oficiada.-
c) ARBA a efectos de que informe fecha de inscripción de las sociedades Shooting Lomas SA y Complejo Lomas SA. Asimismo deberá indicar bajo que rubro han sido inscriptas las mismas y si al momento del informe registra deuda. Asimismo la oficiada deberá informar inscripción del Sr. JUAN AMICOLO, DNI Nº 18.741.384, CUIT Nº 20.18741384-3 categoría, y todo dato relacionado con las declaraciones juradas con relación a sus ingresos desde el año
d) AFIP a efectos de que informe fecha de inscripción de las sociedades Shooting Lomas SA y Complejo Lomas SA. Asimismo deberá indicar bajo que rubro han sido inscriptas las mismas y si al momento del informe registra deuda. Deberá informar la oficiada si se dió de alta en los impuestos, nómina del personal denunciado en los últimos 24 meses a efectos de que informe fecha de inscripción de las sociedades Shooting Lomas SA y Complejo Lomas SA. Asimismo deberá indicar bajo que rubro han sido inscriptas las mismas y si al momento del informe registra algún tipo de deuda. Condición ante el IVA o cualquier otra, detalle de declaraciones juradas de los últimos 2 años. Pago de cargas sociales, y cualquier otro dato relacionado con las sociedades denunciadas. Asimismo la oficiada deberá informar inscripción del Sr. JUAN AMICOLO, DNI Nº 18.741.384, CUIT Nº 20.18741384-3 , categoría, y todo dato relacionado con las declaraciones juradas con
relación a sus ingresos desde el año
e) ANSES a efectos de que informe la nómina del personal a cargo de las empresas Shooting Lomas SA y Complejo Lomas SA como así también si del personal que tiene denunciado y/o a su cargo se encuentra al día con el pago de los descuentos previsionales reglamentarios por ley.-
f) METROGAS a efectos de que informe fecha de cambio de titularidad en favor de las Empresas Shooting Lomas SA y/o Complejo Lomas SA.-
g) EDESUR a efectos de que informe fecha de cambio de titularidad en favor de las Empresas Shooting Lomas SA y/o Complejo Lomas SA.-
h) AGUAS ARGENTINAS a efectos de que informe fecha de cambio de titularidad en favor de las Empresas Shooting Lomas SA y/o Complejo Lomas SA.-
i) CORREO ARGENTINO a efectos de que informe sobre la autenticidad de las cartas documentos que en copia se acompañan.
J) ESCRIBANÍA CARLOS MARIA ROMANATTI, Notario Titular del Registro 41 del Partido de Lomas de Zamora, a efectos de que informe si el instrumento que se acompaña es original y concuerda en toda su foliatura.
5) PERICIAL CONTABLE: Se designe perito contador único de oficio a fin de que informe:
CUESTIONARIO PARA LAS EMPRESAS SHOOTING LOMAS S.A. Y COMPLEJO LOMAS S.A.
Constituyéndose en el domicilio de la demandada examine los libros de la misma e informe:
a) si lleva libros, planillas y registros que determinan las leyes obreras y de comercio con arreglo a derecho y en caso afirmativo, identificarlo e indicar fecha y autoridad de rúbrica.-
b) Si la empresas se hayan afiliadas en tales condiciones. Nómina del personal a su cargo y si la misma cumple debidamente con las registraciones y afiliaciones a la Caja de Previsión Social, de Asignaciones Familiares, Obra Social y Entes específicos de la actividad de los trabajadores exigidos por ley o estatuto indicando en caso afirmativo los respectivos números de inscripción y fechas de ellos.-
c) Si existen constancia que haya efectuado los aportes correspondientes a la Obra Social de cada uno de los trabajadores a su cargo.-
d) Detalle de los libros de la sociedad, fecha de último movimiento registrado, número y fecha de rúbrica.
e) De los libros rubricados determine conceptos que generan ingresos de los 2 (dos) últimos años con detalle de los mismos.
f) De los libros rubricados detalle de los registros de cada inversión realizada en la sede con fecha del asiento contable y detalle de los mismos.
g) Detalle de los cánones abonados al Club Atlético Los Andes y número de recibos y facturas.-
h) Denuncie Cuentas Bancarias de cada Sociedad.
i) El experto deberá detallar todos los pagos superiores a un mil pesos ($ 1.000) realizados y operatoria bancaria utilizada. En caso que no hubiera ocurrido detallar monto beneficario, número factura, fecha y acompañar fotocopia de la misma.
j) El perito deberá informar como se factura, por ejemplo máquina tickeadora, factura A,B o C, o responsable Monotributo. y en cada caso detallar el último número emitido y fotocopia de las mismas.
k) Deberá informar el experto fecha en la cual los trabajos comprometidos debieron ser finalizados teniendo a la vista los contratos.-
l) Teniendo a la vista los estatutos sociales de las sociedades consigne el objeto social que tuvo por fin la constitución del mismo y la fecha de constitución e inscripción en la Inspección General de Justicia y/o Dirección Provincial de Personas Jurídicas. Con dicha documentación el experto deberá informar si a la fecha de la firma de los contratos, las sociedades estaban legalmente constituídas .-
ll) Detalle el Sr. Perito la totalidad de los libros y comprobantes que tuvo a la vista desechando la información que provenga de libros no rubricados, de documentación intercambiada no reconocida por ambas partes e informaciones verbales.
m) Si las empresas demandadas llevan libros contables y laborales, en su caso si los llevan en legal forma describiendo fecha y autoridad de aplicación en la rúbrica de cada uno de ellos.-
n) Nómina completa de empleados registrados en el libro de sueldos y jornales, de acuerdo a las prescripciones de la LCT detallando los documentos laborales que avalan cada asiento, contenido, formalidades y corrrelación de los mismos.-
ñ) Acompañe comprobantes de constancias de pago de cualquier tipo realizadas en los últimos 24 meses y hasta la realización de la pericia. Descripción de toda la documentación compulsada para encontrar estos datos, de existir los mismos.-
o) Faltantes de documentación dentro de la contabilidad que denoten asientos fuera de las prescripciones técnico legales.-
p) Si las empresas demandadas cumplen con las prescripciones de la LCT en cuanto a su obligación de ingresar regularmente los fondos correspondientes a la seguridad social, obra social y sindical, como obligada directa o como agente de retención. En su caso detalle a que período y a que personas se corresponde cada retención, identificándola por la fecha del depósito o del acto que le dió origen, en el caso en que no hubiera sido depositada.-
l) Practicar liquidación de acuerdo a las constancias que surjan de la documentación compulsada en la contabilidad del demandado.- Expresamente se solicita al perito que prescinda en toda su labor de consignar elementos, informes verbales o documentación confusa o litigiosa que no pueda ser basamento fiscal o legal de ninguna especie.-
ll) Acompañe fotocopias de los libros de asamblea donde se designaron autoridades desde el año
m) Indique si en los libros de asambleas constan las aprobaciones de balances de estos períodos (
n) Indique quién es la persona designada como Síndico en cada período y forma de la elección del mismo y participación del mismo en los actos pertinentes.-
ñ) Indique nómina completa de los directorios de cada período entre los años
o) El experto deberá indicar para el caso que en los balances
figuren préstamos (deudas financieras o con socios). Detallar con nombre, apellido, cuit y comprobante, quien o quienes son los dadores del préstamo y/o procedencia de los mismos.-
p) Pago de cargas sociales, Contrato ART, Pólizas de Seguros.-
q) Si las empresas efectuaron sublocaciones, el experto deberá acompañar copia de los contratos debidamente sellados y/o certificados por escribano. Importe de los mismos y detalle de lo que fue dado en locación y explotación. Si los sublocados tienen personal a cargo y detalle de los mismos y toda documentación respaldatoria. Informe si cada subcontrato se encuentra debidamente habilitado y con las inscripciones ante AFIP y otros organismos de control.-
r) Fecha de sellado e importe y/o certificación de firmas de los contratos denominados "Contrato Marco de Gestión, Comercialización y Explotación de Sede Deportiva" y "Contrato de Locación y Explotación de Polígono de Tiro".-
s) El experto deberá adjuntar con su dictamen los 3 últimos balances de ambas sociedades firmados y certificados por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.-
r) Cualquier otro dato de interés que el experto designado considere.-
6) PERICIAL CALIGRAFICA: Para el supuesto caso que el Sr. Amicolo desconozca las firmas insertas en los contratos acompañados, solicito se designe perito calígrafo único de oficio a efectos de que proceda a realizar cuerpo de escritura debiendo informar si las firmas insertas le pertenecen.-
V.- DERECHO
Fundo el derecho de mi parte en el art. 1204 del Código Civil y concordantes, doctrina, legislación, jurisprudencia y doctrina aplicable al sublite, Código Comercio, art. 676 y 676 bis y concordantes del CPCC.-
VI.- AUTORIZACIONES
Se encuentran autorizados para la compulsa del expediente los Dres. Carlos Vicente Fiorenza y/o Griselda Cecilia Toscano y/o Ana María Maidana y/o Mariela Gomez y/o quienes éstos designen.-
VII.- RESERVA CASO FEDEREAL
A todo evento, y siendo esta la etapa procesal oportuna, formulo introducción en autos del caso Federal en los términos del art. 14 de la ley 48 del cual hago expresa reserva.-
VIII.- PETITORIO
De V.S. solicito:
1) Se tenga por presentada, por parte, por constituído el domicilio legal y por acreditada la personería invocada.-
2) Se corra traslado de la presente.-
3) Se proceda al desalojo de la demandada conforme las pautas expuestas.-
4) Se tenga por ofrecida la prueba.-
5) Se tengan presentes las autorizaciones conferidas.-
6) Se tenga por opuesta la reserva del caso federal.-
7) Oportunamente se dicte sentencia resolviendo los contratos conforme lo pedido y por el capital reclamado con más los intereses, costos y costas y desvalorización monetaria.-
Proveer de conformidad,
SERA JUSTICIA.-